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Proyectos de inversión COMAP: cómo transformar una inversión en beneficios fiscales

Cuando una empresa decide invertir en maquinaria, equipamiento, tecnología, vehículos utilitarios u obras, puede existir una oportunidad de reducir significativamente el costo fiscal de esa inversión. En Uruguay, esto es posible a través del régimen de promoción de inversiones previsto en la Ley N.º 16.906 y reglamentado actualmente por el Decreto N.º 329/025.

Este nuevo régimen se aplica a los proyectos presentados desde el 1.º de febrero de 2026.

Para acceder, la empresa debe presentar un proyecto ante la Comisión de Aplicación de la Ley de Inversiones (COMAP) y obtener su declaración como proyecto promovido.

Pero ¿qué significa esto en la práctica? En términos simples, la empresa se compromete a realizar una inversión y a contribuir con determinados objetivos —por ejemplo, generar empleo, exportar, incorporar tecnología o mejorar su desempeño ambiental— y, como contrapartida, puede obtener importantes beneficios fiscales.

¿Qué es la COMAP?

La COMAP es la comisión encargada de evaluar los proyectos de inversión que las empresas presentan para solicitar los beneficios de la Ley de Inversiones.

La COMAP no entrega un préstamo ni un subsidio en dinero. Su función es analizar la inversión, los objetivos y los compromisos asumidos por la empresa y recomendar, cuando corresponda, que el proyecto sea declarado promovido por el Poder Ejecutivo.

La resolución que aprueba el proyecto establece, entre otros aspectos:

  • el monto de la inversión considerada elegible;
  • los compromisos que deberá cumplir la empresa;
  • el porcentaje de exoneración de IRAE obtenido;
  • el plazo disponible para utilizar el beneficio; y
  • el cronograma para ejecutar la inversión.

¿En qué consiste la exoneración de IRAE?

El principal beneficio es la posibilidad de reducir el Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE) que la empresa deberá pagar en el futuro.

Es importante comprender que la exoneración no implica que el Estado devuelva el importe invertido ni que la empresa deje de pagar todos sus impuestos. El régimen otorga un beneficio calculado como un porcentaje de la inversión elegible y efectivamente realizada, que podrá utilizarse para disminuir el IRAE durante el plazo aprobado.

Un ejemplo sencillo

Supongamos que una empresa presenta un proyecto con una inversión elegible equivalente a USD 100.000 y obtiene una exoneración del 45%.

El beneficio potencial de IRAE sería equivalente a USD 45.000.

Si en un ejercicio la empresa tuviera un IRAE a pagar equivalente a USD 10.000, podría aplicar el beneficio hasta el límite previsto por la normativa. Actualmente, la exoneración no puede superar el 90% del IRAE del ejercicio. En este ejemplo, podría descontar hasta USD 9.000 y pagaría, como mínimo, los USD 1.000 restantes.

El saldo del beneficio podría utilizarse en los ejercicios siguientes, siempre que se encuentre dentro del plazo otorgado y se hayan ejecutado las inversiones correspondientes.

El ejemplo está expresado en dólares únicamente para facilitar su comprensión. La determinación y el seguimiento del beneficio se realizan en Unidades Indexadas y de acuerdo con las reglas fiscales aplicables.

¿Cómo se determina el porcentaje de exoneración?

No todos los proyectos obtienen el mismo beneficio. La COMAP evalúa la contribución de la inversión a distintos objetivos definidos por la normativa:

  • generación de empleo;
  • descentralización, favoreciendo inversiones en determinadas zonas del país;
  • aumento de exportaciones;
  • sostenibilidad ambiental;
  • adecuación tecnológica, investigación, desarrollo e innovación; e
  • indicadores estratégicos vinculados con la actividad del proyecto.

Cada objetivo genera un puntaje. Cuanto mayor sea el puntaje total, mayor podrá ser el porcentaje de exoneración de IRAE y el plazo para utilizarlo.

En el régimen vigente, los proyectos que alcanzan el puntaje mínimo acceden a un piso del 30% de exoneración de la inversión elegible y a un plazo mínimo de cuatro ejercicios. Dependiendo de la inversión y de los resultados comprometidos, el beneficio puede alcanzar hasta el 100% de la inversión elegible.

Esto no significa que sea necesario cumplir todos los indicadores. La clave es seleccionar compromisos realistas, relacionados con el proyecto y que la empresa pueda sostener y demostrar posteriormente.

¿Qué inversiones pueden incluirse?

En términos generales, pueden considerarse elegibles los bienes destinados al activo fijo o intangible de la empresa que sean de uso directo y esencial para la actividad y para los objetivos del proyecto. Entre ellos pueden encontrarse:

  • maquinaria y equipos productivos;
  • equipamiento tecnológico;
  • determinados vehículos utilitarios;
  • construcción de inmuebles y mejoras fijas;
  • mejoras realizadas en inmuebles de terceros, cuando se cumplan las condiciones exigidas;
  • ciertos activos biológicos vinculados con actividades agropecuarias; y
  • determinados servicios técnicos, profesionales o de software indispensables para poner en funcionamiento los bienes promovidos.

Los bienes muebles deben cumplir, como regla general, un valor unitario mínimo de UI 1.500 y ser identificables individualmente.

No se consideran elegibles, entre otros, los bienes de cambio o mercadería para la venta, los bienes destinados a casa habitación, los vehículos de pasajeros —salvo excepciones expresamente previstas— ni las adquisiciones que no guarden una relación directa y razonable con la actividad y el objetivo del proyecto.

Por eso, no alcanza con que exista una compra: es necesario analizar previamente si esa inversión reúne las condiciones para ser promovida.

¿Existen otros beneficios además del IRAE?

Sí. Un proyecto declarado promovido también puede acceder, según el tipo de inversión, a los siguientes beneficios:

Exoneración del Impuesto al Patrimonio

Los bienes muebles incluidos en la inversión promovida pueden quedar exonerados del Impuesto al Patrimonio durante toda su vida útil.

En el caso de obras civiles, la exoneración es de ocho años cuando el proyecto se ubica en Montevideo y de diez años cuando se localiza en el interior del país.

Recuperación del IVA

La empresa puede obtener la devolución del IVA correspondiente a la adquisición en plaza de bienes muebles destinados al proyecto, así como de materiales y servicios vinculados con la obra civil promovida, de acuerdo con el procedimiento que instrumente la DGI.

Exoneración de tributos a la importación

También puede otorgarse una exoneración total de los tributos aplicables a la importación de bienes de activo fijo y materiales destinados a la obra civil, siempre que se cumplan las condiciones exigidas y los bienes sean declarados no competitivos con la industria nacional.

¿El régimen es solamente para grandes empresas?

No. También pueden presentarse micro, pequeñas y medianas empresas, e incluso empresas nuevas, siempre que cumplan las condiciones del régimen.

El Decreto N.º 329/025 incorporó incentivos adicionales para las empresas de menor porte:

  • las micro y pequeñas empresas reciben 15 puntos porcentuales adicionales de exoneración de IRAE y dos ejercicios extra para utilizar el beneficio;
  • las empresas medianas con hasta 50 empleados reciben 10 puntos porcentuales adicionales y un ejercicio extra.

Para acceder a estos incentivos debe acreditarse la categoría de la empresa y cumplirse las condiciones previstas por la COMAP. En ningún caso la exoneración final puede superar el 100% de la inversión elegible.

¿Quiénes pueden presentar un proyecto?

En términos generales, pueden acceder las empresas contribuyentes de IRAE que obtengan ingresos gravados por ese impuesto y las cooperativas comprendidas en el régimen. Los productores agropecuarios también pueden hacerlo cuando tributen IRAE por su explotación.

La posibilidad concreta dependerá de la situación tributaria de la empresa, de la actividad desarrollada y de las características de la inversión. Las empresas pequeñas comprendidas en regímenes simplificados requieren un análisis específico, ya que pueden existir mecanismos particulares de apoyo.

¿Cuándo conviene presentar el proyecto?

Lo recomendable es analizar y presentar el proyecto antes de ejecutar la mayor parte de la inversión.

Como regla general, son computables las inversiones realizadas desde la presentación del proyecto y durante los cinco ejercicios siguientes. También pueden admitirse inversiones efectuadas dentro de los seis meses anteriores al primer día del mes de presentación, pero solamente cuando sean necesarias para el proyecto y no superen el 20% de la inversión elegible total.

Esto significa que postergar el análisis hasta después de comprar la maquinaria, comenzar la obra o instalar los equipos puede dejar parte de la inversión fuera del beneficio.

¿Qué compromisos asume la empresa?

La aprobación del proyecto no termina con la obtención de la resolución. La empresa deberá:

  • ejecutar la inversión comprometida dentro del cronograma aprobado;
  • conservar la documentación y la trazabilidad de los bienes;
  • cumplir los indicadores asumidos;
  • presentar la información de control y seguimiento requerida; y
  • aplicar correctamente las exoneraciones en sus declaraciones fiscales.

Si la inversión o los indicadores no se cumplen en los términos aprobados, el beneficio puede reducirse y, según el caso, la empresa deberá reliquidar los impuestos utilizados indebidamente.

Por esta razón, un buen proyecto no es el que promete el mayor número de resultados posibles, sino el que combina un beneficio atractivo con compromisos alcanzables y correctamente documentados.

¿Cómo es el proceso de presentación?

Aunque cada proyecto requiere un análisis particular, el proceso puede resumirse en cinco etapas:

  1. Diagnóstico inicial: se revisa la situación de la empresa, la inversión prevista y su elegibilidad.
  2. Simulación del beneficio: se evalúan distintos indicadores y escenarios para estimar el porcentaje de exoneración y el plazo.
  3. Formulación y presentación: se prepara la información económica, contable y documental y se ingresa el proyecto mediante el sistema digital VUI/VUCE.
  4. Ejecución: la empresa realiza las inversiones y avanza en el cumplimiento de los objetivos comprometidos.
  5. Seguimiento: se controla el uso de los beneficios y se presentan las declaraciones e informes requeridos.

Una herramienta para invertir con planificación

La promoción de inversiones puede generar un ahorro fiscal relevante, pero su verdadero valor aparece cuando se incorpora a la decisión de inversión desde el comienzo.

Antes de comprar, construir o contratar, es conveniente estimar qué bienes pueden incluirse, qué compromisos son razonables, cuánto IRAE espera generar la empresa y si podrá utilizar el beneficio dentro del plazo otorgado.

En IGMASA acompañamos a las empresas durante todo el proceso: análisis de elegibilidad, simulación de escenarios, formulación y presentación del proyecto ante la COMAP, seguimiento de la inversión y control del cumplimiento de los compromisos asumidos.

¿Está planificando una inversión en Uruguay? Una evaluación previa puede ayudarle a conocer el beneficio fiscal potencial y a estructurar el proyecto antes de comprometer los recursos.


Este artículo tiene fines informativos y no sustituye el análisis profesional de cada proyecto. Los beneficios dependen de la normativa vigente, la resolución particular y el cumplimiento efectivo de las inversiones y los indicadores comprometidos.

Fuentes oficiales

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